Fallo histórico en Morón: condena por abuso sexual sin contacto físico

La Justicia de la provincia de Buenos Aires dictó una sentencia inédita en Morón, al condenar a un hombre por abuso sexual con acceso carnal sin que haya existido contacto físico directo con la víctima.
La condena
El acusado, Orlando Tristán Novillo, fue sentenciado a 20 años de prisión tras ser hallado culpable de abusos sexuales reiterados contra una menor entre 2020 y 2023, mientras cumplía una condena previa por corrupción de menores en un penal bonaerense.
Un criterio novedoso
El tribunal consideró que el delito puede configurarse también a través de medios digitales, cuando existe un contexto de:
- Dominación psicológica
- Coacción
- Control sobre la víctima
En este caso, se acreditó que el imputado obligaba a la menor a realizar actos sobre su propio cuerpo, bajo presión y manipulación, lo que los jueces equipararon a la figura de acceso carnal.
Fundamentos del fallo
Los magistrados sostuvieron que la violencia sexual no se limita al contacto físico, sino que abarca un “continuo” de conductas que implican la vulneración de la integridad sexual.
Además, señalaron que el agresor ejercía control total sobre la situación, imponiendo su voluntad sobre la víctima mediante exigencias coercitivas.
Un precedente judicial
La resolución marca un antecedente clave en la interpretación de los delitos sexuales en la era digital, ampliando el alcance de la ley frente a nuevas formas de violencia.
El fallo refuerza la idea de que el consentimiento y la libertad de la víctima son el eje central para determinar la existencia de abuso, más allá del medio utilizado para perpetrarlo.












